Definición:
El certificado de matrimonio es un documento oficial que
acredita la celebración del matrimonio.
Modalidades:
A) Certificado Positivo:
Extracto: Es un resumen de la información que consta en el
Registro Civil relativa a la celebración del matrimonio e identidad
de los contrayentes. Puede ser de distintos tipos:
Ordinarios: Es el expedido en lengua castellana para aquellas
Comunidades Autónomas cuyo único idioma oficial sea el
castellano.
Internacional o plurilingüe: Es el destinado a surtir efecto en
los países que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de
septiembre de 1976. Este certificado se expide en el idioma oficial
de todos los países firmantes del citado convenio (España,
Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia, Croacia, Eslovenia, Francia,
Italia, Luxemburgo, Macedonia, Países Bajos, Portugal, Suiza,
Turquía, Servia Montenegro).
Bilingüe: Siempre que se solicite un certificado en extracto en
una Comunidad Autónoma que tenga su propio idioma oficial, éste
será emitido en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad
Autónoma en el que se expida.
Literal: Es una copia literal de la inscripción de matrimonio,
conteniendo todos los datos relativos a la celebración del mismo,
identidad de los contrayentes así como las anotaciones marginales
que hubieran podido practicarse (régimen económico matrimonial,
separación, nulidad o divorcio...).
B) Certificado Negativo: Acreditan que el
matrimonio no está inscrito en ese Registro Civil.
Quién puede solicitarlo/presentarlo
Puede ser solicitado por cualquier ciudadano que así lo
requiera, y tuviera interés salvo las excepciones legalmente
previstas, que impiden que se dé publicidad sin autorización
especial:
De la filiación adoptiva, no matrimonial o desconocida o de
circunstancias que descubran tal carácter, de la fecha del
matrimonio que conste en el folio de nacimiento, si aquél fuese
posterior a éste o se hubiese celebrado en los 180 días anteriores
al alumbramiento, y del cambio del apellido Expósito u otros
análogos o inconvenientes.
De las causas de nulidad, separación o divorcio de un matrimonio
o de las de privación o suspensión de la patria potestad.
De los documentos archivados, en cuanto a los extremos citados
en los números anteriores o a circunstancias deshonrosas o que
estén incorporadas en expediente que tenga carácter reservado.
Del legajo de abortos.
La autorización en estos casos se concederá por el Juez
encargado y sólo a quienes justifiquen interés legítimo y razón
fundada para pedirla. La certificación expresará el nombre del
solicitante, los efectos para que se libra y la autorización
expresa del Encargado. Éste, en el Registro directamente a su
cargo, expedirá por sí mismo la certificación.
Cómo presentarlo/solicitarlo
Presencialmente:
En el registro civil donde se practicó la inscripción.
Modelo de solicitud para petición de
certificado de Matrimonio
Registro
Civil
Plaza de la Villa nº 1
28863 - Cobeña (Madrid)
Horario: Lunes, miércoles y viernes de 09:00 h. a 14:00 h.
Teléfono: 91 620 81 32
Fax: 91 620 93 71
Otras modos de
presentarlo/solicitarlo:
Internet
Correo ordinario